1. Sí que puedes hacer. Tendrás que devolver las deducciones recibidas durantes estos años de atrás + los intereses de demora, y por el nuevo ingreso te podrás deducir hasta un máximo de 9.015€.
2. Puedes contratar un depósito, y no hace falta que tenga una duración igual que la de la cuenta vivienda. Puedes ir utilizando diferentes cuentas o depósitos como cuenta vivienda, siempre que no tengas 2 cuentas a la vez y que no mezcles el dinero de la cuenta vivienda con otros ahorros.
Salu2.
carola35:
Buenas
Tengo un montón de cuestiones en referencia a las cuentas vivienda.
Yo abrí una cuenta vivienda el 18/12/2006, que con prorroga incluida finaliza el 31/12/2010.
Como no me va a ser posible comprar una casa, además de devolver el dinero correspondiente de esta cuenta a hacienda estaba pensando en cancelarla y abrir otra cuenta antes de finalizar el año.
La primera pregunta es que no sé si puedo hacer esto (cancelar una cuenta y abrir otra a nombre del mismo contribuyente).
En caso de que esto fuese posible estoy informandome de que es posible usar un depósito como cuenta vivienda, pero muchos de ellos caducan en menos de 4 años, por lo que en ese plazo habría que estar cambiando el dinero de un depósito a otro, todos por supuesto a mi nombre ¿sería posible hacer esto también?
Muchas gracias