Comentario enviado por Diego:
Tengo una duda sobre la RAI.
A mi señora le han denegado la RAI por superar los ingresos el 75% de SMI. La solicitó el 27-11-2013.
Mi duda es saber si para la carencia de rentas en la nómina del mes anterior se tiene en cuenta el concepto "TOTAL DEVENGADO" (o sea ingresos brutos sin retenciones por seguridad social e irpf) o el concepto "Base de cotización por contingencias profesionales (A.T. y E.P.) y conceptos de recaudación conjunta (desempleo, Formación Profesional, Fondo de Garantía Salarial). En el Sepe me han dicho que es este último. Pero aún así no supero el tope para 5 miembros (unos 2420€)y yo tengo 2413,07 y dicen que puede que haya sido porque han tenido en cuenta una ganancia patrimonial mía del 2012 de 200,81 (entre 12 meses da 16,73), pero no una pérdida patrimonial de mi señora de 170,48€ (entre 12 da 14,21) que compensaría la ganancia (2,52€).
Podría recurrir la denegación pero no vale la pena por 3 días pues en diciembre mi hija ha trabajado a media jornada y superamos los ingresos.
Como mi hija termina el contrato el 31 de diciembre, voy a volver a pedir la RAI el 3 de enero 2014 y supongo que no tendrán en cuenta esa ganancia del 2012.
Agradezco anticipadamente la respuesta.
Un saludo.