Comentario enviado por Diego:
Tengo una duda sobre la RAI.
La carencia de rentas de la unidad familiar incluye a los hijos menores de 26 años, pero las normas generales sobre subsidios dice:
"No se considerará familiar a cargo del solicitante aquél que perciba rentas
superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte
proporcional de las pagas extraordinarias, por lo que para proceder a la división
de los ingresos de la unidad familiar entre el número de los miembros deberá
haber, además del solicitante, otra persona cuyos ingresos sean inferiores a ese
límite."
Entiendo yo que si un hijo menor de 26 años supera el 75% del SMI ya ni forma parte de la unidad familiar como miembro ni se han de computar sus ingresos al efecto de conceder o no la RAI, y por tanto de han de tener en cuenta los ingresos de los demás miembros de las familia y dividirlos entre el número de ellos sin el que supera ese tope.
Espero que alguien me diga si estoy en lo cierto.
Un saludo.