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Renta Activa de Inserción
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Renta Activa de Inserción
#84821
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Julián:

Hola ¿es compatible una RAI con la pensión no contributiva?. Cumplo el resto de los requisito incluso el de rentas.
anonimo
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#84826
Re: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 67
luis2002_1 escribió:
Buenas, seguramente mi pregunta ya la habran hecho y contestado pero estoy buscando en el foro y no encuentro algo aclaratorio:
¿en que queda al final lo de agotar la prestacion para cobrar el rai?(segun entiendo es suficiente haberla agotado alguna vez en la vida laboral)..
¿se aplica tambien para incorporaciones aprobadas antes de la normativa?
En mi caso, la ultima vez que agote una prestacion fue en el año 91, ¿servira para solicitar la reincorporación a la rai? Es la segunda solicitud que pido a la rai.
Y por ultimo..mi mujer tambien esta cobrando la rai, ¿tengo que ponerlo como rentas o cobros en el formulario que me dieron a rellenar?

Muchas gracias.


Aún no es nada claro. Hay 2 opiniones, pero la mayoritaria es que es suficiente que hayas cobrado alguna vez una prestación o subsidio de desempleo.

Esta nueva ley se aplica a todas la nuevas solicitudes.

Por último tienes que inclluir todos los ingresos de tu unidad familiar, salvo tu propia ayuda como rentas.

Salu2.
euribor
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#84831
Re: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 0
Hola, a ver si alguien es tan amable de responderme a estas preguntas.

Soy un joven de 24 años con un 40% de discapacidad y desde ayer estoy apuntado al Paro, en el Instituto de desarrollo social me han dicho que si estoy un año en esta situación podría solicitar la Rai, aunque espero encontrar algo antes.

-¿Tengo que hacer algún papeleo previo ahora para la Rai o sólo cuando lo tenga que solicitar dentro de un año?

--He trabajado de prácticas y no tengo derecho ni a subsidio ni a ayuda, supongo que aunque no haya agotado nada, sí cumplo ese requisito.

--¿Puedo salir del país con tranquilidad? Es que he leido en algún sitio que tenía que estar los 12 meses en España.

Gracias de antemano
boss
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#84834
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 0
He encontrado a un demandante de la RAI que al igual que yo esta preocupado ,por este asunto...envio un email al SEPE y esta fue la respuesta:
| 18 DE JULIO DE 2012, 12:16 HS
Respuesta del SEPE via e-mail: En respuesta a su consulta de fecha: 18/07/2012 10:51:00: La normativa nueva afecta a las solicitudes que inicien el derecho a partir del 15/07/2012. Si Vd. reanuda un subsidio anterior, no le afecta. Referencia normativa: Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Recalco lo de REANUDA, porque segun esta respuesta la reanudacion de un subsidio aprobado con anterioridad a esta normativa, segun parece no se aplica, si no que estos subsidios estan regulados por la normativa anterior a la de Julio...eso entendi yo.
luis2002_1
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#84878
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Ana:

Hola.Tengo 50 años y el 20 de Noviembre de 2012 se me termina la primera ayuda de la RAI,no tengo otros medios económicos y sé que debo esperar 12 meses para pedir la segunda.Quisiera saber si hay otro tipo de ayuda que podría solicitar.Muchas gracias.
anonimo
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#84897
Re: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 67
boss escribió:
Hola, a ver si alguien es tan amable de responderme a estas preguntas.

Soy un joven de 24 años con un 40% de discapacidad y desde ayer estoy apuntado al Paro, en el Instituto de desarrollo social me han dicho que si estoy un año en esta situación podría solicitar la Rai, aunque espero encontrar algo antes.

-¿Tengo que hacer algún papeleo previo ahora para la Rai o sólo cuando lo tenga que solicitar dentro de un año?

--He trabajado de prácticas y no tengo derecho ni a subsidio ni a ayuda, supongo que aunque no haya agotado nada, sí cumplo ese requisito.

--¿Puedo salir del país con tranquilidad? Es que he leido en algún sitio que tenía que estar los 12 meses en España.

Gracias de antemano


Tienes que haber recibido alguna vez la prestación o el subsidio de desempleo para cobrar al RAI, y no se puede salir del país.

Si sales, se considera interrumpido la demanda de empleo y por lo tanto tendrás qeu esperar nuevamente 1 año.

Salu2.
euribor
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#84910
Re: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 0
He solicitado informacion al SEPE referente a la ultima modificacion de la ley para la RENTA ACTIVA DE INSERCCION en el apartado que se exige haber agotado la prestacion o subsidio para poder acceder al programa de la renta, les adjunto la contestacion de SEPE:

En respuesta a su consulta de fecha: 06/11/2012 14:43:00: De acuerdo con la redacción que el artículo 21 del Real Decreto ley 20/2012 ha dado a la letra c) del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, para ser beneficiarios de dicho programa, entre otros requisitos, y salvo en los supuestos previstos en las letras b) y c) del apartado 2 de ese mismo precepto, se ha de haber extinguido la prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial establecidos en el Título Tercero del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y que dicha extinción no se haya producido por imposición de sanción.

Reunirá este requisito el trabajador que en algún momento anterior a la fecha de solicitud de admisión a la Renta Activa de Inserción haya extinguido la prestación o el subsidio por cualquier causa, excepto por sanción.

Un saludo
luis2002_1
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#84914
Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 8 Meses Karma: 0
He empezado a cobrar la RAI es mi primer mes y me sale un trabajo de tiempo completo por cuenta ajena con duración de 60 días, después de terminado el contrato puedo continuar cobrando la RAI? Muchas gracias.
ACRECAM
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