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Renta Activa de Inserción
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Foro de trabajo, contratos de trabajo, derechos de los trabajadores, salarios, ayudas a los trabajadores, desempleo, paro, subsidio, autónomos, pensiones contributivas y no contributivas
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TEMA: Renta Activa de Inserción
#73341
Re: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 0
a ver por favor alguien que sepa del tema , me podria decir en que lugar del boe(que lo que pone va a misa) pone que la nueva normativa del la rai va a afectar tambien a los discapacitados? esque no lo veo por ningun sitio y lo he leido varias veces eh. solo veo que afectara a los mayores de 45 y parados de larga duracion. de verdad por favor si alguien me lo puede decir donde pone lo de los discapacitados o si al no poner nada no nos afectaria, necesito saberlo es bastante urgente gracias.
manuelyonk
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#73342
Re: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 9
Pongo la exposición de movitos para dejar constancia de la incongruencia entre lo que allí se dice y lo que se regula en el articulado.

"Por otra parte, se modifica el régimen de acceso a la renta activa de inserción (RAI) para reforzar su vinculación con el empleo y garantizar una mayor efectividad en la utilización de los recursos públicos. Se exige para el acceso a la Renta Activa de Inserción que previamente se haya agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo para aquellas personas que tiene más de 45 años y son parados de larga duración y que durante el periodo de inscripción ininterrumpida como demandante de empleo (1 año mínimo)"

Hasta ahí, debemos entender que hay que agotar una prestación y que solo afecta a los parados de larga duración mayores de 45 años. Pero... esto dice el artículo 21.2 del Decreto Ley (que es lo que importa):

"La letra c) del apartado 1 del artículo 2 queda redactada en los términos siguientes:

«c) Haber extinguido la prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial establecidos en el Título Tercero del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, salvo cuando la extinción se hubiera producido por imposición de sanción, y no tener derecho a la protección por dicha contingencia.
Este requisito no se exigirá en los supuestos previstos en las letras b) y c) del apartado 2 de este artículo»."


Por su parte, las letras b y c del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, dicen, respectivamente:

b) Ser trabajador emigrante que, tras haber retornado del extranjero en los 12 meses anteriores a la solicitud, hubiera trabajado, como mínimo, seis meses en el extranjero desde su última salida de España y esté inscrito como demandante de empleo, siempre que se reúnan los requisitos exigidos en el apartado 1, excepto el recogido en el párrafo b.

b)Tener acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o doméstica, salvo cuando conviva con el agresor, y estar inscrita como demandante de empleo, siempre que se reúnan los requisitos exigidos en el apartado 1, excepto los recogidos en los párrafos a y b.

Puesto que excluyen a 2 colectivos de este requisito, y entre ellos no está el de los discapacitados, que se regula en la letra a del apartado 2 del artículo 2, es claro que esta reforma les atañe. Además, como ya he dicho varias veces, ya no se habla de agotar una prestación, sino de extinguir sin haber sido por una sanción. Los que trabajamos en esto sabemos que hay una diferencia enorme entre agotar y extinguir, pues aun siendo el agotamiento la causa más común de extinción de un derecho, hay muchas, pero que muchas más. Por tanto, chapuza al canto. No se puede decir otra cosa.
Fignon
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Última edición: 16/07/2012 18:00 por Fignon.
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#73381
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por españa pais de Subsidiados:

Para jeremías si estas en contra del sistema recuerda q estas cobrando gracias al sistema anda y que salir d tanta economía sumergida zanganos luego querreis pensiones al cumplir los 65años65años estáis hundiendo al.sistema solo pensáis en q os mantenga Bravo por esta modificacion y x modificar los subsidios q ya os enterareis ya q eso no lo anuncio mariano RAJAO
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#73389
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por luis:

españa pais de subnormales como tu,a y aprende a escribir cateto-a.Como se nota que tienes trabajo,ya te quedaras parao zangano.

españa pais de Subsidiados:
Para jeremías si estas en contra del sistema recuerda q estas cobrando gracias al sistema anda y que salir d tanta economía sumergida zanganos luego querreis pensiones al cumplir los 65años65años estáis hundiendo al.sistema solo pensáis en q os mantenga Bravo por esta modificacion y x modificar los subsidios q ya os enterareis ya q eso no lo anuncio mariano RAJAO
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#73393
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por Maria M.:

Al finalizar mi contrato de trabajo de un año me concedieron 4 meses de prestación por desempleo, desde el 25 de octubre de 2011 hasta el 24 de febrero de 2012.
Un mes más tarde de su finalización solicité el subsidio por desempleo por ser mayor de 45 años y no tener ningún tipo de ingreso, me lo concedieron desde el 25 de marzo hasta el 24 de septiembre de 2012
En caso de no encontrar un trabajo tengo derecho a pedir la R.A.I. a partir del 26 de octubre de 2012, una vez de estar inscrito de manera ininterrumpida durante 12 meses en el servicio de empleo y ser demandante de empleo?
Gracias por su respuesta
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#73407
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 20
Comentario enviado por francisco:

cuando dicen que ay que agotar la prestacion o subsidio seria terminar el subsidio o haber agotado el subsidio alguna vez en la vida laboral?
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#73460
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 60
Si la orden está en vigor te darán la ayuda, siempre que cumplas el resto de los requisitos descritos arriba.

Salu2.

madrid:
hoy he estado en el inem y mehan dado la solicitud para rellenar para que me den el rai por violencia de genero me han pedido un documento que acredite que la orden esta en vigor lo pedire en el juzgado quiero saver si melo pueden denegar o eso telodan seguro gracias y un saludo
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#73461
RE: RAI: Renta Activa de Inserción hace 12 Años, 11 Meses Karma: 60
Efectivamente, así es... ya hemos actualizado el artículo de arriba con las nuevas condiciones.

fran:
el boe amplia los requisitos a haber agotado prestacion o subsidio por desempleo,amplia la carencia de rentas,y no se puede haber rechazado oferta de empleo o formaacion durante el año anterior a la solicitud
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