Esta ayuda se conceden bajo las siguientes condiciones:
- Estar constituidas de forma estable, con un año de antelación, como mínimo, a la fecha de la presentación de la solicitud, salvo en los casos de matrimonio, nacimiento de hijo o adopción, y ruptura familiar suficientemente acreditada.
- Estar todos sus miembros empadronados como residentes en un mismo domicilio, ubicado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud. No obstante, podrán admitirse excepciones a la residencia continuada cuando estén motivadas por causas de trabajo o análogas, así como por fuerza mayor.
- Disponer de unos recursos mensuales inferiores a la cuantía del Ingreso Mínimo de Solidaridad, calculada conforme establece el artículo 6.1 del Decreto 2/1999, si bien tomando como referencia el Salario Mínimo Interprofesional vigente en la fecha de presentación de la solicitud.
¿Compatible con la RAI? Lo desconozco, pero lo puedes preguntar en el teléfono: 901 11 99 99
Salu2 y Felices Fiestas.
rocio:
Buenas. Me gustaria informarme si el Programa de Solidaridad de los Andaluces (Salario social) es compatible con la Renta Activa de Inserción (RAI), y si es asi en qué condiciones. Gracias.