Hola,me han comentado que si estoy cobrando el subsidio para mayores de 52, (ahora de 55) al llegar a los 61 he de jubilarme si o si, el caso es que actualmente la empresa donde trabajaba está abonando la parte correspondiente a un convenio colectivo hasta los 61, mi intención era esperarme un año o dos mas para no ver tan mermada mi pensión por el coeficiente reductor que aplican a las jubilaciones anticipadas. Mi pregunta es: ¿Pueden obligarme a jubilarme a los 61 aunque tenga aprobada la percepción del subsidio hasta le fecha que cumplo los 65 y asi está reflejado en la resolución que ellos aprobaron en su dia?, ¿Pueden saltarse a la torera esa resolución y anularla cuando cumpla los 61?